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Comunicado de los trabajadores de ATE del Hospital Agudo Ávila por la situación en el nosocomio

Trabajadores de ATE del CRSM Agudo Avila, realizan un paro este lunes de 11 a 13 horas. Rechazan la instalación de un pabellón del servicio penitenciario en el Hospital y lo que esto implica para un efector público de salud. Ya tienen pautada una reunión con las autoridades del sector para buscar una respuesta a toda la situación.



ATE Salud Mental, hace público su posicionamiento de rechazo ante la posibilidad de la instalación de un pabellón penitenciario en el interior del CRSM Agudo Ávila, y presenta este documento a las autoridades de Salud y Salud Mental de la Provincia de Santa Fe, solicitando audiencia urgente para el tratamiento de las delicadas cuestiones que aquí se esbozan.

Dicha posibilidad surge en el marco de la respuesta dada por la justicia ante un recurso de Habeas Corpus que presentara el ministerio público de la Defensa, a partir de una denuncia de la Dirección del Hospital.

En primer lugar rechazamos el trato indigno de cualquier ciudadano cualquiera sea su condición. Así como rechazamos la instalación efectiva del servicio penitenciario en el ámbito de efectores de salud entendiendo que la lógica de atención de salud es necesariamente otra a la del encierro, considerando esta posibilidad un grave retroceso para el ámbito de la salud integral.

Se hace necesario recordar que los fines de las instituciones de salud tienen como objetivo prioritario garantizar el derecho a la salud y dar tratamiento específico y cuidado a las personas, en dispositivos pertinentes. Así como velar por el uso clínico de la internación.
Defendemos la atención digna e integral de las situaciones complejas en salud mental de todos los ciudadanos que lo requieran.

Ante la situación anteriormente planteada los trabajadores de ATE nos declaramos en estado de alerta permanente y exigimos:

La concreción de políticas públicas con condiciones de trabajo y asistencia que respeten a usuarios y trabajadores.

• CONDICIONES DE TRABAJO QUE GARANTICEN CONDICIONES DE ASISTENCIA:

Formación de los trabajadores en servicio para el abordaje de las nuevas problemáticas; cobertura de cargos vacantes respetando funciones; reemplazo de licencias; políticas de cuidado de la salud de los trabajadores; entre otros.

• PLENA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL Nº 26657:

Armado de dispositivos sustitutivos de atención en la red asistencial pública; revisión de las derivaciones de los monovalentes al privado; definición epidemiológica de plazas de internación en salud mental en la red pública; explicitación del plan de transformación de los monovalentes, atentos a las anteriores consideraciones, constitución del Órgano de Revisón provincial autónomo.

Protocolos de Salud como garantía de cuidado de usuarios y trabajadores:

Nos preocupa que no se vino respetando un protocolo formulado por anteriores direcciones que regula el ingreso del servicio penitenciario y policial, bajo dos condiciones que cuidan la lógica de salud: custodios de civil y sin portación de armas. Dos principios simples y contundentes que generan marco de atención en la institución de salud. Cabe aclarar que en otro momento esto fue respetado y se pudo acompañar el tratamiento de muchos usuarios en condición de detenidos. Así como subrayar que en varias oportunidades quedo pendiente la constitución de un protocolo más acabado (que respete normativas internacionales, nacionales y locales) a cargo del ámbito de Salud, que regule al servicio penitenciario, y cuide las condiciones de la atención clínica interdisciplinaria del padecimiento subjetivo, en cualquier contexto.

No solo los “Mono-valentes” sino pensar la Red.

A pesar de encontrarnos en un terreno de trasformaciones pendientes (previstas por la ley Nacional 26657 y anteriormente por la ley provincial 10772) estas transformaciones no son cualquiera, requieren una orientación, un plan que avance en la concreta implementación de las normativas.
Para esto no se puede pensar solo la transformación de los hospitales monovalentes sino hay que avanzar en las políticas públicas que incidan en trasformar el modelo de atención del campo de la salud mental en general. La salud de la población detenida es necesario, como todas, pensarla en contexto y en red.

Las transformaciones deberán contemplar: el tratamiento oportuno al padecimiento subjetivo de las personas, las condiciones de trabajo para que esta puedan ser garantidas y la lógica de atención en salud.

Equipos de salud Mental en Cárceles:

Ante las complejidades de estas situaciones queremos expresar que esta situación nos lleva directamente a revisar también, las condiciones de trabajo y asistencia con las que cuentan los trabajadores de Salud Mental en las Cárceles. Estos equipos, DIS (Dispositivos Interdisciplinarios de Salud), han venido reclamando condiciones de funcionamiento y coordinación. Ejercen sus prácticas en el complejo campo, que implica el campo de intersección de lo punitivo y de lo clínico. (Informe en el que participaron los trabajadores de cárceles presentado a la Dirección de salud mental, año 2015, continúa sin respuesta).

Estos equipos que fueron constituidos cuando se cerró el llamado “Corralito”,mediante un complejo proceso y en la apuesta de un abordaje digno e interdisciplinario a las personas detenidas con padecimiento subjetivo. Estos equipos se encuentran en una situación muy errática: con falta de recursos para constituirse interdisciplinariamente y lograr un abordaje de acuerdo a lo que ha sido planificado, en la difícil situación de trabajo en contextos de encierro, con personas en situación de detención.

Creemos que la complejidad y gravedad de la situación que hoy nos ocupa no es ajena a estas dificultades de articulación y condiciones de trabajo con las que encuentran los equipos a la hora asistir a la población detenida. Los equipos no solo de los Monovalentes son de los Equipos de los territorios, entre otros de los territorios carcelarios.

Estas situaciones son las que ponen una vez más de manifiesto la importancia de un Plan Provincial que articule lo existente, en una lógica respetuosa de los derechos humanos; avance en la ampliación de la red de dispositivos sustitutivos, sin la cual no puede contemplarse la internación, de acuerdo a la ley 26657, como última instancia de atención en situaciones con criterio de crisis subjetiva; y de origen a la demorada constitución de Órgano de Revisión provincial que cuente con los principios de autonomía y contralor de todo lo que aparezca como trato indigno.

ATE SALUD MENTAL
Rosario, julio 2016

 

 


Tags de noticia:Salud